Desde el inicio de las repúblicas modernas, y con aún mayor fuerza a partir de la segunda mitad del siglo XX, se han establecido en la mayoría de los países de tradición jurídica occidental una institución llamada Ombudsman, o Defensor del Pueblo. Esta institución tiene como principal función controlar a la Administración del Estado cuando ésta vulnere derechos de las personas. En el caso de Chile, esta institución aún no es reconocida, por lo que nos encontramos muy lejos de la actualidad global, lo cual podría ser remediado por la nueva Constitución. Sin embargo, en esta actualización debemos poner también miras en la posible creación de una Defensoría de la Naturaleza, la cual si bien en su núcleo tiene su origen en el Ombudsman o Defensor del Pueblo, en sus funciones y en la práctica cumplirá con una finalidad autónoma y prioritaria: la protección de la naturaleza en sí misma, de las personas en pos de ella, y de las generaciones futuras.
Palabras clave:
Defensoría de la Naturaleza, Constitución Ecológica, Defensor del Pueblo
Costa Cordella, E., & Rivera Riveros, S. (2021). La Defensoría de la Naturaleza en una Constitución Ecológica. Revista Némesis, (18), 44–55. Recuperado a partir de https://anales.uchile.cl/index.php/RN/article/view/66148